El IFT pedirá menos información en 2025

Juan Carlos Bonifacio Ramírez, director de Elaboración de Estadísticas del IFT, explicó que pasaron de casi 600 a 245 indicadores como máximo a entregar por parte de empresas con concesión de uso comercial

El Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) disminuirá las obligaciones de entrega de información por parte de los operadores un 84 por ciento a partir del 6 de enero de 2025.

En una reunión con medios de comunicación, Juan Carlos Bonifacio Ramírez, director de Elaboración de Estadísticas del IFT, explicó que pasaron de casi 600 a 245 indicadores como máximo a entregar por parte de empresas con concesión de uso comercial.

A esta cifra se llegó después de un análisis sobre qué información se usaba, si servía o no, cómo era la carga regulatoria, encuestas con operadores, entrevistas y análisis de costos, dijo Gabriela Gutiérrez, coordinadora general de Planeación Estratégica del IFT.

Sobre los títulos de concesión indígena o comunitaria, que no tienen el requisito de entregar esta información, Gutiérrez detalló que se tiene que hacer el análisis de la carga regulatoria antes de imponerla.

“De por sí para ellos es difícil operar, tenemos que ver cómo afectaría si además les imponemos una obligación de solicitarles información”.

Seguimiento regulatorio

Los ajustes a la información que entregan las empresas de telecomunicaciones forman parte de los nuevos Lineamientos para integrar el Acervo Estadístico aprobados por el regulador en septiembre pasado.

Gutiérrez recordó que estos Lineamientos se publicaron desde 2020 y entraron en vigor durante la pandemia.

“Desde entonces comenzamos un trabajo continuo para identificar cuáles eran las áreas de oportunidad”, mencionó la coordinadora.

A partir de este trabajo, se elaboró un nuevo proyecto que se puso a consulta pública en diciembre del año pasado y que fueron publicados recientemente en el Diario Oficial de la Federación (DOF).

“Son de observancia obligatoria para todos los operadores de telecomunicaciones que posean títulos habilitantes para prestar servicios comerciales”, puntualizó Gutiérrez.

Entregas

Las empresas deben brindar información trimestral y anual.

  • Trimestral: información del 1 de enero al 31 de marzo, del 1 de abril al 30 de junio, del 1 de julio al 30 de septiembre, y del 1 de octubre al 31 de diciembre.
  • Anual: 1 de enero al 31 de diciembre de cada año, calendario previo.

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