Modifica IFT programa anual de bandas de frecuencia 2025

Recuerda que sigue siendo autoridad competente en la materia.

El Pleno del IFT publicó en el DOF el Acuerdo mediante el cual modifica el Programa Anual de Uso y Aprovechamiento de Bandas de Frecuencias 2025, que tiene el objeto de determinar las frecuencias y bandas de frecuencias de espectro radioeléctrico determinado que serán motivo de licitación, o que podrán asignarse directamente.

Al considerar las solicitudes de inclusión recibidas desde el 16 de junio hasta el 7 de noviembre de 2024, la modificación al programa considera 392 solicitudes de inclusión de frecuencias para el servicio de radiodifusión, de las cuales 323 son para FM, 14 para AM y 55 para televisión digital.

Asimismo, incorpora 18 solicitudes de inclusión para servicios de telecomunicaciones, de las cuales 10 son para el acceso inalámbrico móvil-banda ancha, cuatro para acceso inalámbrico fijo, dos para acceso inalámbrico móvil-banda angosta y dos para transporte inalámbrico.

El Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) subraya que las solicitudes de inclusión recibidas antes del 16 de junio del año 2024 fueron valoradas en el Programa 2025, asimismo, aquellas solicitudes de inclusión que ingresaron con posterioridad al 7 de noviembre de 2024 podrán serán valoradas de conformidad con el marco normativo aplicable junto con las que hubieran sido valoradas en el presente Acuerdo.

“Cabe señalar que dichas solicitudes de frecuencias y bandas de frecuencias fueron valoradas únicamente para efecto de determinar las frecuencias y bandas de frecuencias a incluirse en la modificación del Programa 2025, por lo que no implican por sí mismas una solicitud de concesión ni el derecho al otorgamiento de un título de concesión”.

El IFT recordó que tal como quedó establecido en el decreto en materia de simplificación orgánica, este órgano regulador se extinguirá como un órgano constitucional autónomo a los 180 días contados a partir de la entrada en vigor de la legislación secundaria en materia de competencia y libre concurrencia; y en materia de telecomunicaciones y radiodifusión, respectivamente que el Congreso de la Unión expida.

Por ello, “los actos emitidos por el Instituto con anterioridad a la entrada en vigor del Decreto referido continuarán surtiendo todos sus efectos legales en términos de lo señalado en los artículos Décimo y Décimo Primero Transitorios multicitados”.

Refiere que el Programa Anual de Uso y Aprovechamiento de Bandas de Frecuencias 2025, es un instrumento de carácter programático a través del cual se garantiza el uso, aprovechamiento y/o explotación del espectro radioeléctrico de manera racional, equitativa, eficaz y eficiente.

Este documento se ajusta estrictamente a la estrategia de la autoridad competente en materia de planificación del espectro radioeléctrico, en línea con aspectos como la regulación nacional e internacional, el contexto actual de las bandas de frecuencias en nuestro país, el estado de estandarización y las tecnologías disponibles con base en su grado de adopción a nivel internacional.

En dicho tenor el Programa no prejuzga sobre modificaciones y/o la atención de solicitudes para el otorgamiento de concesiones que en su momento pueda realizar la autoridad competente en materia de la administración del espectro radioeléctrico.

“En ese orden de ideas, es hecho notorio para este Instituto que al momento de dictarse el presente Acuerdo el Congreso de la Unión no ha emitido la legislación secundaria referida, por lo que este Instituto resulta competente para la emisión del mismo, con independencia del ejercicio de las facultades que en su oportunidad corresponda ejercer a la autoridad competente en materia de administración del espectro radioeléctrico de conformidad con el marco jurídico aplicable”.

https://consumotic.mx/telecom/modifica-ift-programa-anual-de-bandas-de-frecuencia-2025/