Ley Telecom ¿garantiza la privacidad y seguridad de datos biométricos?
Las medidas de vigilancia que propone la Ley en Materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión deben ser la excepción, no la regla, y deben estar necesariamente sometidas a criterios de proporcionalidad, finalidad y transparencia, así como responder específicamente a órdenes judiciales, en tanto que el registro de usuarios de la telefonía celular, además de resultar inconstitucional, no garantiza disminuir la delincuencia.
De hecho, la imposición de normas de este tipo no disminuye la delincuencia, porque “las normas no transforman la realidad, lo hacen las políticas públicas” y su debida aplicación, explicaron especialistas reunidos en la mesa “Privacidad y seguridad de datos biométricos implicaciones y riesgos para la sociedad”, del Foro Reforma de telecomunicaciones: desafíos y oportunidades convocado por la Comisión de Radio y Televisión de la Cámara de Diputados.
Los expertos advirtieron que el registro biométrico es muy delicado y en todo caso debe implicar una valoración de cómo darle herramientas a las agencias de investigación con salvaguardas claras, cumplimiento de estándares en la protección de los derechos humanos y estricta protección de datos personales.
“Si hay evidencia que sustente este tipo de acciones, hagámoslas, pero con excepciones, controles y mecanismos de observación permanente que vigilen el adecuado uso para evitar extralimitación”, sostuvo Ernesto Ibarra, presidente de la Academia Mexicana de Ciberseguridad y Derechos Digitales (AMCID)”.
Demandó cifras que demuestren la supuesta incidencia que señala la iniciativa de ley de este tipo de medidas en la reducción de la inseguridad, porque “no es la única forma”, pero si regular abona al cumplimiento y la sociedad es parte del proceso con transparencia para lograr el objetivo de combatir a la delincuencia y con una investigación pulcra, entonces se tendrá otro escenario.
Ejemplos de cómo se comparten datos biométricos están en la banca digital, y desde el punto de vista del negocio está bien, pero cuando se habla de la protección de datos, se necesita ver el tema con otra perspectiva.
Francisco Javier Rivas Rodríguez, del Observatorio Nacional Ciudadano de Seguridad se manifestó totalmente en contra del registro de usuarios de telefonía móvil, que ya fue declarado inconstitucional dos veces y que concentraría “información riesgosa para la seguridad de las personas”, cuyo resguardo no está garantizado.
Además de que la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones (ATDT) dictaría lineamientos que aún no se conocen, hasta 160 autoridades de seguridad los podrían revisar sin orden judicial y en “un país donde las autoridades pueden ser vulnerables y hay penetración de la delincuencia en las instituciones, eso es inaceptable”, porque las autoridades tendrían libertad para acceder a datos biométricos sin contrapesos.
“Nos parece que (el registro) genera más riesgos que los beneficios que puede aportar”.
Prueba de que este tipo de sistemas no funcionan, es el hecho que en el delito de extorsión telefónica, incluso cuando se tiene una ficha de depósito de un banco a un destinatario (criminal) identificado con nombre y número de cuenta sólo se obtiene la reparación parcial del daño en el 0.02 por ciento de los casos, es decir, “existe una impunidad prácticamente total”.
Y bajo el principio de que las normas no transforman la realidad, sino que lo hacen las políticas públicas, la doctora en derecho Olivia Andrea Mendoza Enriquez, profesora-investigadora del CIDE explicó que no se puede hablar de seguridad sin las políticas públicas que la acompañen.
Por eso, el Registro Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil, en todo caso, debería de someterse a los criterios de finalidad, proporcionalidad y transparencia y funcionar bajo el principio de ser una medida excepcional y no la regla.
Anahiby Becerril Gil. Investigadora en el Centro Público de Investigación e Innovación en Tecnologías de la. Información y Comunicación, INFOTEC, advirtió que la captura de datos biométricos no garantiza la seguridad y menos aún sin robustos sistemas de ciberseguridad, por lo que compartir esta información debe ser una medida excepcional, para evitar potenciales abusos.
Pablo Corona Franco, presidente de la Asociación de Internet MX, convocó: “no caigamos en la falsa dicotomía de renunciar a la privacidad para obtener seguridad”, pues se debe atender el origen del problema y no los síntomas, pues con los datos biométricos que no se pueden cambiar, los controles que se requieren son mucho más grandes.
Desde la Red de Defensa de los Derechos Digitales R3D, Ana Gaitán, abogada de esta organización, reiteró la preocupación por todo lo relativo al capítulo de la colaboración con la justicia y consideró como un avance insuficiente el anuncio de retirar del dictamen el controvertido artículo 109, pues advirtió que persisten preceptos que propician la posible censura previa.
Respecto al Registro de Usuarios de Telefonía Móvil, reiteró que ya dos veces ha sido declarado inconstitucional y reclamó a legisladores de Morena que hoy promueven este mecanismo, cuando en 2014 votaron contra esa misma idea.
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