Riesgos legales ante eventual bloqueo de plataformas digitales: ALAI
El planteamiento de que las autoridades fiscales tengan “acceso irrestricto, permanente y en tiempo real a los sistemas de plataformas digitales”, tal y como quedó establecido en el Paquete Económico 2026, implica riesgos constitucionales, legales y prácticos “que amenazan la protección de los datos personales y el debido proceso”, advirtió la ALAI.
En un posicionamiento público, la Asociación Latinoamericana de Internet (ALAI), ratificó “su convicción de fortalecer la transparencia fiscal y su disposición a colaborar con las autoridades en la construcción de marcos normativos que promuevan la innovación, respeten la privacidad y fortalezcan la seguridad digital”.
En ese contexto, la ALAI considera que la propuesta de adicionar el artículo 30-B dentro del Código Fiscal de la Federación, que forma parte del Paquete Económico 2026 entregado para su discusión al Congreso de la Unión, plantea desafíos que se deben atender.
La propuesta dice a la letra: “Artículo 30-B. Los contribuyentes que proporcionen servicios digitales de conformidad con los artículos 1o.-A BIS y 18-B de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, deberán permitir a las autoridades fiscales, en forma permanente, el acceso en línea y en tiempo real a la información que obre en sus sistemas o registros y relacionada con las operaciones de los servicios digitales que proporcionen, en los términos que establezca el Servicio de Administración Tributaria (SAT) mediante reglas de carácter general”.
Además, indica: “El incumplimiento a la obligación prevista en el párrafo anterior dará lugar al bloqueo temporal del acceso al servicio digital, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 18-H BIS a 18- H QUINTUS de la Ley del Impuesto al Valor Agregado”.
En ese sentido, la ALAI advierte que la facultad de bloquear o suspender el acceso temporal a plataformas que no otorguen este acceso directo, continuo e irrestricto, constituye una medida desproporcionada que afectaría la certidumbre jurídica, la inversión y los derechos de millones de usuarios, incluido el ejercicio de derechos humanos.
Se trata de un “mecanismo de censura y transgresión al derecho de la libertad de expresión”, además de que esta medida ya fue desestimada por el propio Congreso de la Unión, al suprimirla de la propuesta inicial de la Ley en Materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión.
Como se recordará, en mayo pasado, durante los conversatorios convocados por el Senado, previo a la aprobación de la referida Ley, diversos actores (incluida la ALAI), solicitaron eliminar del texto inicial la posibilidad de intervenir e incluso cancelar plataformas digitales por razones fiscales, argumentando que se trataba de censura previa y violaciones a la libertad de expresión.
En aquel momento, la propia Presidencia de la República aceptó los argumentos y eliminó el artículo correspondiente de su iniciativa original de Ley en Materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión, que finalmente se aprobó en un periodo extraordinario de sesiones sin ese controvertido artículo.
Sin embargo, ahora la propuesta de agregar un nuevo artículo 30-B en el Código Fiscal de la Federación, establece la posibilidad de que la autoridad fiscal “en forma permanente (tenga) el acceso en línea y en tiempo real a la información que obre en sus sistemas o registros y relacionada con las operaciones de los servicios digitales que proporcionen”, so pena de bloqueo temporal en caso de incumplimiento.
De ahí que la organización considera indispensable “abrir un proceso de diálogo técnico y consulta pública que permita encontrar soluciones equilibradas que garanticen la recaudación tributaria sin comprometer los derechos humanos, la privacidad de los usuarios, la seguridad de los datos personales, ni la estabilidad del ecosistema digital”.
Tal diálogo debería llevarse a cabo antes de la aprobación del Paquete Económico 2026, que está previsto como máximo para el 20 de octubre en la Cámara de Diputados, precisamente para buscar opciones distintas que fortalezcan la recaudación, sin comprometer los derechos humanos.
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