CRT publica nuevas reglas para tarifas y procedimientos de interconexión en telecomunicaciones

Los acuerdos establecen una metodología de costos para calcular las tarifas entre operadores.

La Comisión Reguladora de Telecomunicaciones emitió en el Diario Oficial de la Federación dos Acuerdos aprobados por su Pleno, donde se establecen la metodología de costos para establecer tarifas asociadas a servicios de interconexión y modificar diversas disposiciones relacionadas con procedimientos de interconexión.

La metodología de costos toma en cuenta las características de las redes a ser interconectadas, la participación de mercado, y otros elementos metodológicos que se plasman en modelos de costos que determina la CRT.

A nivel internacional, existe consenso sobre la efectividad de las tarifas de interconexión mediante modelos de costos para alcanzar resultados eficientes.

La intención es lograr una asignación eficiente de los recursos, toda vez que las tarifas de los bienes y servicios se orientan al costo de producir los mismos, se menciona en uno de los acuerdos.

Una de las disposiciones establece que las tarifas que determine la CRT deberán ser transparentes, razonables y, en su caso, asimétricas, considerando la participación de mercado, los horarios de congestionamiento de red, el volumen de tráfico u otras que determine la Comisión.

La CRT puede determinar si algún agente cuenta con poder sustancial en el mercado relevante de los sectores de telecomunicaciones o radiodifusión.

“En caso de que el agente cuente con poder sustancial en el mercado referido, la autoridad en materia de libre competencia y concurrencia resolverá si le fija una tarifa asimétrica, previo dictamen técnico de la Comisión, conforme a la metodología prevista en este artículo”, se menciona en el acuerdo.

A su vez, se establece que cuando la autoridad en materia de libre competencia y concurrencia determine que existen condiciones de competencia efectiva en el sector de las telecomunicaciones, podrá determinar los criterios para que los concesionarios de redes públicas de telecomunicaciones, fijas y móviles celebren acuerdos de compensación recíproca de tráfico.

En cuanto al acuerdo sobre procedimientos de interconexión, la CRT dijo que tiene por objeto establecer las bases para la implementación del sistema electrónico de solicitudes de interconexión y agilizarlas entre concesionarios de redes públicas de telecomunicaciones.

“El presente Acuerdo será aplicable a los concesionarios que operen redes públicas de telecomunicaciones interesados en interconectar su red, con la de otro concesionario mediante la suscripción del convenio de interconexión respectivo, o bien, para aquellos casos en los cuales algún concesionario haya ofrecido mejores condiciones a un tercero”, se menciona en la disposición.

Se agrega que aquellos concesionarios de redes públicas de telecomunicaciones que se encuentren interconectados, y que con motivo de la terminación de la vigencia de sus convenios requieran de sus contrapartes nuevas condiciones de interconexión deberán observar las condiciones mínimas de interconexión y tarifas que hayan sido establecidas por la Comisión y que se encuentren vigentes al momento de la celebración del convenio.

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