Hacia una ciudadanía digital con e-gobierno: el nuevo enfoque del Estado mexicano
Poco se habla de la Ley Nacional para Eliminar Trámites Burocráticos (LNETB), reglamentaria del artículo 25 constitucional en materia de simplificación administrativa y digitalización de trámites y servicios, buenas prácticas regulatorias, desarrollo y fortalecimiento de capacidades tecnológicas públicas, y de la reforma constitucional de la cual derivó.
En las últimas décadas nuestro país ha tenido una evolución constitucional relevante, acorde con la era digital en la que nos encontramos y encaminada al fortalecimiento de derechos fundamentales.
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Ejemplo de ello son, la reforma al artículo 6° constitucional en materia de acceso a la información pública del año 2007, la reforma en materia de derechos humanos de 2011 y la reforma estructural en materia de telecomunicaciones del año 2013, esta última elevando a rango constitucional la obligación del Estado Mexicano para garantizar a la población el derecho de acceso a las Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC), a servicios públicos de radiodifusión, telecomunicaciones, banda ancha e Internet.
Como consecuencia, la última reforma dotó de un propósito y sentido constitucional superior a las TIC, así como a la radiodifusión, las telecomunicaciones, la banda ancha e Internet, encuadrándose a partir de la Ley Fundamental como derechos humanos instrumentales y habilitadores, fundamentales para el desarrollo y ejercicio pleno de una ciudadanía digital en el Siglo XXI.
Bajo la misma línea de pensamiento, en febrero de 2025 el Ejecutivo Federal remitió al Senado de la República una iniciativa para reformar los artículos 25 y 73 constitucionales en materia de simplificación administrativa y digitalización.
El propósito de la iniciativa fue sentar bases constitucionales para construir, por primera vez, un modelo nacional de gestión pública basado en el uso de tecnologías de la información y la comunicación -propio del Siglo XXI-.
Finalmente, materializada como reforma constitucional, fue publicada en el Diario Oficial de la Federación el 15 de abril de ese año, entrando en vigor al día siguiente al de su publicación.
En cumplimiento a las previsiones contenidas en su articulado transitorio, el Congreso de la Unión emitió la LNETB, la cual, nació a la vida jurídica el 17 de julio de 2025.
Si bien se trata de una ley reciente, es de destacar que resulta novedosa en cuanto a la forma de abordar y estructurar bajo una dimensión nacional enfoques y esfuerzos públicos de e-gobierno en materia de simplificación administrativa, mejora regulatoria y digitalización encaminados hacia la construcción de una ciudadanía digital en nuestro país.
El alcance de la LNETB trasciende el objetivo -no menor- de simplificación y mejora regulatoria, se trata de un ordenamiento nacional para articular bajo dos ejes fundamentales esfuerzos y capacidades tecnológicas del Estado Mexicano en su conjunto: horizontalmente para el ámbito federal, pero también y bajo un prisma federalista de relaciones intergubernamentales, con, y entre los tres órdenes de gobierno.
A fin de articular lo anterior, la ley prevé una Autoridad Nacional -y federal- de Simplificación y Digitalización, la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones del Gobierno Federal.
También establece autoridades locales, enlaces y personas servidoras públicas responsables de implementar los procesos de simplificación y digitalización en las distintas arenas de la gestión pública intra e intergubernamental de los sujetos obligados por la LNETB.
Adicionalmente, con la LNETB se busca construir un Modelo Nacional para la Digitalización basado en elementos por demás relevantes: un Portal Ciudadano Único de Trámites y Servicios, la implementación de la herramienta Llave MX, la construcción del Expediente Digital Ciudadano, la creación de Plataformas Digitales Nacionales, entre otros.
Para ello, la actividad pública modulará los esfuerzos institucionales bajo principios de simplificación, automatización, interoperabilidad, equivalencia funcional, neutralidad tecnológica, publicidad, transparencia, usabilidad y ciberseguridad, por mencionar algunos.
En razón de lo anterior, bien implementada la LNETB contribuirá a mejorar la competitividad del país, la gestión pública gubernamental, así como la transparencia y rendición de cuentas, facilitando la interacción ciudadana y empresarial con el sector público mediante el uso de tecnologías de la información y comunicación, tal y como corresponde al Siglo XXI.
Sin embargo, el esfuerzo legislativo e institucional para la transformación digital del sector público y el camino hacia una ciudadanía digital plena, podría verse opacado si el marco jurídico nacional carece, como hasta el día de hoy, de una ley en materia de ciberseguridad y de una autoridad administrativa y reguladora ad hoc con recursos humanos, tecnológicos y presupuestales suficientes para salvaguardar el nuevo enfoque de e-gobierno del Estado Mexicano. ¿Acaso veremos antes una ley para regular la Inteligencia Artificial?
