2 de mayo de 2024

Desde el Senado, la 4T difundirá la consulta de revocación

03/02/22

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) prohibió a los partidos políticos hacer promoción de la consulta de revocación del mandato del presidente Andrés Manuel López Obrador, pero no a los legisladores, por lo que la bancada de Morena promoverá la participación ciudadana el 10 de abril, anunció el senador César Cravioto.


El legislador de Morena, en rueda de prensa, rechazó que los senadores de la bancada mayoritaria en la Cámara alta no puedan “meterse” a difundir la consulta, aunque, aclaró, no inducirán a la ciudadanía si votar a favor o en contra.


La víspera, el pleno de la SCJN prohibió a los partidos hacer promoción de la consulta de revocación de mandato al considerar que se viola el artículo 32 de la Ley Federal de Revocación de Mandato, el cual establece que el Instituto Nacional Electoral es el único organismo encargado de promoverla.


“Entonces, los senadores del grupo parlamentario de Morena nos vamos a meter a difundir la consulta de revocación de mandato, sin incidir hacia dónde deben votar u opinar los ciudadanos, ya será su decisión”, aseguró.


El anuncio del senador Cravioto va en la misma dirección de la solicitud del secretario de Gobernación, Adán Augusto López, quien el sábado, durante la reunión plenaria de los senadores de Morena, urgió a los legisladores a salir a las calles para promover tanto la participación de los ciudadanos en la revocación del mandato como para informar a detalle sobre los beneficios de la reforma eléctrica.


“Ahora se acerca el ejercicio de la revocación de mandato, que es buen momento para que ustedes regresen a territorio a hablar con la gente, a difundir el trabajo legislativo y a escuchar qué es lo que se está necesitando allá abajo”, consideró el responsable de la política interna del país el fin de semana.
No obstante, el artículo 35 de la Constitución establece que el INE será la única instancia a cargo de la difusión de la revocación de mandato y que ninguna otra persona física o moral podrá contratar propaganda en radio y televisión, sino además que deberá suspenderse la difusión en medios de comunicación de toda propaganda gubernamental.


“Los poderes públicos, los órganos autónomos, las dependencias y entidades de la administración publica y cualquier otro ente de los tres órdenes de gobierno, sólo podrán difundir las campañas de información relativas a los servicios educativos y de salud o las necesarias para la protección civil”, se establece en el texto constitucional.