26 de abril de 2024

Publica IFT lineamientos para trámites vía electrónica

Es opcional para agentes económicos y Autoridad Investigadora.

15/03/22

Este martes entrarán en vigor los Lineamientos para la sustanciación de los procedimientos y trámites a cargo de la Unidad de Competencia Económica, a través de la Ventanilla Electrónica del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT).

“La emisión de los lineamientos en cuestión abonará a hacer más eficiente el trabajo del instituto y disminuir costos de cumplimiento que enfrentan personas reguladas, a través del uso de herramientas tecnológicas ampliamente disponibles en un marco de certidumbre y seguridad jurídica”.

Con la publicación del Acuerdo del Pleno en el Diario Oficial de la Federación (DOF) se da luz verde a las disposiciones para realizar trámites a través de medios electrónicos ante dicha unidad, encargada de admitir, turnar, tramitar e investigar hasta su integración o conclusión, los asuntos en materia de concentraciones en los sectores de telecomunicaciones y radiodifusión.

La Unidad de Competencia Económica (UCE) también se encarga de proponer al Pleno los análisis correspondientes para determinar poder sustancial; regular el acceso a insumos esenciales y ordenar la desincorporación de activos, derechos, partes sociales o acciones de los agentes económicos.

En los lineamientos, precisó el Acuerdo, se plasman las reglas que habilitarán la sustanciación de los procedimientos o trámites a cargo de la UCE, tales como: Las características básicas de los medios electrónicos a través del cual se llevará a cabo dicha sustanciación.

La manera en que los agentes económicos, la Autoridad Investigadora del instituto, autoridades públicas y personas en general que intervengan en los procedimientos podrán registrarse y acceder a las funcionalidades; los requisitos que deben tener las promociones y actos administrativos que se realicen a través de medios electrónicos y el uso correspondiente de la Firma Electrónica Avanzada.

Asimismo, la conformación de expedientes electrónicos donde consten las actuaciones y promociones dentro de los procedimientos o trámites; el desahogo de pruebas y diligencias por medios electrónicos en el marco de los procedimientos a cargo de la UCE, y la notificación de los actos administrativos emitidos por la UCE a través de medios electrónicos.

“La sustanciación de los procedimientos o trámites a cargo de la UCE por medios electrónicos será opcional para los agentes económicos, la Autoridad Investigadora, autoridades públicas u otras personas involucradas, salvo disposición en contrario o causa de fuerza mayor determinada por acuerdo del Pleno del Instituto”.

A través de la ventanilla electrónica podrán sustanciarse procedimientos como la notificación de concentraciones, en términos de los artículos 90 y 92 de la Ley Federal de Competencia Económica (LFCE); Aviso de concentración; la emisión de opiniones o resoluciones en el otorgamiento de licencias, concesiones, permisos y análogos; solicitudes de opinión formal en materia de libre concurrencia y competencia económica, previstas en el artículo 104.

De igual manera, los procedimientos de solicitudes de orientación general en materia de libre concurrencia y competencia económica; así como los procedimientos expeditos para fijar caución contra la imposición de medidas cautelares, previsto en el artículo 136 de la LFCE, entre otros.

“Si una vez que los Agentes Económicos, las Autoridades Públicas, la Autoridad Investigadora o terceras personas, o sus representantes, optaron por el desahogo de un procedimiento o trámite por Medios electrónicos, presentan escritos o documentos en una vía distinta, se tendrán por no presentados, salvo los casos de excepción previamente establecidos en la LFCE, este ordenamiento o cualquier otro emitido por el Pleno del instituto”.

El artículo 4 también establece que si dentro de un mismo procedimiento o trámite intervienen varios Agentes Económicos, Autoridades Públicas o terceras personas, el desahogo por Medios electrónicos únicamente procederá para aquel o aquellos que opten por esa vía, salvo disposición expresa en contrario o acuerdo del Pleno del IFT.

El Acuerdo publicado este lunes fue aprobado por unanimidad por el Pleno en su IV Sesión Ordinaria, celebrada el 23 de febrero pasado e identificado con el número P/IFT/230222/64.

Fuente: https://www.consumotic.mx/telecom/publica-ift-lineamientos-para-tramites-via-electronica/